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Un Vigilante de Seguridad es un defensor de las personas y de los bienes muebles e inmuebles. Lo diferencia de los agentes de seguridad el hecho de que es contratado por empresas o personas particulares y tiene un nivel de autoridad más limitado. El Vigilante de Seguridad se restringe a ejercer la autoridad en aquel lugar donde esté brindando su servicio.
¿Pueden ser los Vigilantes de Seguridad agentes de autoridad?
Por Ley, los Vigilantes de Seguridad no se consideran agentes de autoridad. Sin embargo, si las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado requieren cooperación, la situación cambia. A partir de ese momento, el personal de seguridad privada que esté bajo el mando, órdenes o instrucciones de los agentes estatales, será reconocido como agente de autoridad. Por lo tanto, podrá ser definido como tal dependiendo del contexto en el que se encuentre.
Lo que dice la Ley de Seguridad Privada
El artículo 31 de la Ley 5/2014 expresa que “se considerarán agresiones y desobediencias a agentes de la autoridad las que se cometan contra el personal de seguridad privada, debidamente identificado, cuando desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.” Esto quiere decir que mientras trabaje junto a las Fuerzas del Estado, son considerados como agentes de autoridad, pero en el momento en que se desvincula la cooperación, el Vigilante de Seguridad deja de tener esa consideración.
Además, el artículo 11 de la Ley 23/1992 habla sobre cómo debe comportarse un profesional de la Vigilancia y remarca que debe hacerlo “con absoluto respeto a la Constitución”. Por otra parte señala que “el personal de seguridad privada se atendrá en sus actuaciones a los principios de integridad y dignidad; protección y trato correcto a las personas, evitando abusos, arbitrariedades y violencias y actuando con congruencia y proporcionalidad en la utilización de sus facultades y medios disponibles”.
¿Qué labor tienen los Vigilantes de Seguridad?
Existen distintas áreas dentro de la vigilancia privada. Hay muchas especializaciones que se pueden realizar y las funciones que tiene cada persona son distintas. Sin embargo, estas son las labores generales de los Vigilantes de Seguridad:
- Vigilar y proteger bienes muebles/inmuebles y a las personas que allí se encuentren.
- Controlar la identidad en el acceso a determinados inmuebles.
- Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones, en relación al objeto protegido.
- Poner a los delincuentes a disposición de las Fuerzas y los Cuerpos de Seguridad. También hay que hacer lo mismo con los instrumentos, efectos y pruebas del delito.
- Proteger el almacenamiento, recuento, clasificación y transporte de dinero, valores u objetos valiosos.
- Prestar servicios de respuesta de las alarmas que se produzcan y no corresponden a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
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